Por último, el citado artículo 156 de la LGSS establece que no tendrán consideración de accidente de trabajo “Los que sean debidos a dolo o a imprudencia temeraria del trabajador accidentado”. Estos riesgos se deben clasificar en bajos, medios y altos, igualmente debe ser prioritario valorar los riesgos con importancia https://englandd791ehj6.bloggerswise.com/profile