En los casos en lo que el trabajador vaya a desarrollar su actividad por cuenta propia, deberá encargarse él mismo de acudir a la oficina consular o diplomática de España en su país de residencia siguiendo los mismos pasos que en el caso anterior. No obstante antes de conducir en https://espa-a-preparaci-n-para-e71591.blogspothub.com/32269611/the-ultimate-guide-to-españa-preparación-para-el-examen-de-conducir