3. Si se concede la extradición, las Partes se pondrán de acuerdo para realizar la entrega del reclamado, que deberá llevarse a efecto dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que la Parte requirente haya recibido la comunicación a que se refiere el apartado one. Caso https://charlieuqfvi.atualblog.com/34744525/fascination-about-extradición-méxico-españa