1. El testigo o Perito, cualquiera que sea su nacionalidad, que, como consecuencia de una citación, comparezca ante las autoridades judiciales de la Parte requirente, no podrá ser perseguido o detenido en este Estado por hechos o condenas anteriores a su salida del territorio de la Parte requerida. Si https://dallasjjjjk.therainblog.com/28124488/details-fiction-and-extradición-méxico-españa