ARTÍCULO 2. AMBITO DE APLICACIÓN. La presente resolución se aplica a los empleadores públicos y privados, a los trabajadores dependientes e independientes, a los contratantes de personal bajo modalidad de entendimiento civil, comercial o administrativo, a las organizaciones de Heredad solidaria y del sector cooperativo, a las agremiaciones o https://steveg332vjx9.ja-blog.com/profile